Debate por la eutanasia: un vacío legal que reabrió la discusión en la Argentina

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La discusión sobre el derecho a una muerte digna volvió al centro de la escena judicial y social en la Argentina después de que la Justicia bonaerense ordenara investigar si era posible asistir médicamente el final de la vida de una paciente conocida públicamente como María, una mujer con una enfermedad irreversible que solicitó acceso a la eutanasia activa.
El caso, sin precedentes en el país, reactivó un debate que lleva años pendiente, en un territorio donde la legislación permite rechazar tratamientos médicos pero no autoriza la asistencia directa para provocar la muerte.
En diálogo con Radio Natagalá, el abogado constitucionalista y docente universitario Adrián Buffone analizó los alcances, los límites y las tensiones éticas y jurídicas que rodean esta discusión.
El experto explicó que la Argentina «tuvo un debate profundo sobre la muerte digna, pero sigue teniendo un vacío legal respecto de la eutanasia activa», una figura recientemente aprobada en Uruguay y presente en otros países con legislaciones de avanzada.

Un vacío legal en
un tema sensible
Buffone recordó que el derecho argentino distingue entre la «muerte digna» rechazar tratamientos médicos y la «eutanasia activa», donde un profesional interviene mediante fármacos para acelerar el proceso. Esta última sigue sin regulación. «El país tiene un vacío legal con respecto a la eutanasia activa», afirmó y precisó que esta práctica consiste en «aquello en lo cual un médico o un personal sanitario asiste a la muerte de una persona» .
«El marco normativo vigente está delimitado por la Ley de Derechos del Paciente y la Ley de Muerte Digna, que autorizan rechazar terapias cuando la enfermedad es irreversible o incurable. Ese mecanismo, conocido como «eutanasia pasiva», implica dejar de sostener artificialmente la vida, pero nunca intervenir para acelerarla. Además, Buffone explicó que esta figura «está cubierta legalmente, los médicos no tienen inconvenientes», pero aclaró que no se permite «la asistencia de fármacos o la prestación de fármacos para la muerte de la persona».

precedentes judiciales
Uno de los ejes más complejos del debate aparece cuando las convicciones religiosas influyen en la aceptación o el rechazo de tratamientos. Buffone recordó que la Corte Suprema ya resolvió situaciones similares en los casos vinculados a pacientes Testigos de Jehová que se negaban a recibir transfusiones.
«La Corte reguló de cierta manera la autonomía personal y la muerte digna», señaló.
Según explicó, la jurisprudencia argentina respalda la posibilidad de rechazar tratamientos médicos por motivos ideológicos o religiosos, siempre que la persona sea competente para decidirlo.

¿Está preparada
la Argentina?
El constitucionalista consideró que la sociedad argentina atraviesa «un momento de madurez» que permitiría tratar legislativamente el tema, del mismo modo que ocurrió con debates como la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) o el matrimonio igualitario.
«La Argentina debe dar ese debate», afirmó y agregó: «Es necesario que estas discusiones se den en el marco de la institucionalidad y en el Congreso».
Buffone comparó la situación con otros debates que en un inicio parecían inviable, pero que finalmente se transformaron en leyes aprobadas con amplio consenso.
También destacó el rol pionero de Uruguay en la región: «Todos temas que ya fueron tratados a priori por Uruguay: la marihuana, el matrimonio igualitario y ahora la eutanasia activa».»

objeción de conciencia
La aprobación de una ley de eutanasia activa abriría otro frente de debate: la objeción de conciencia de los profesionales.
Consultado sobre este punto, Buffone explicó que la experiencia uruguaya establece que un médico puede excusarse individualmente de llevar a cabo el procedimiento, pero las instituciones deben garantizar igualmente el acceso del paciente.
«La objeción de conciencia fue regulada por la Corte. Los médicos pueden abstenerse, siempre y cuando el establecimiento resguarde el cumplimiento del derecho del paciente», aseveró.
Este punto plantea un desafío ético profundo, sobre todo en profesiones donde históricamente se juró preservar la vida. «Por supuesto hay una colisión entre el derecho a la dignidad y la autonomía personal del paciente, y el derecho del médico. Pero esa cuestión está establecida como condición en la interrupción voluntaria del embarazo, por ejemplo», explicó.
El caso María
Para Buffone, el caso de la paciente María se convirtió en un punto de inflexión porque, por primera vez, un tribunal argentino no solo analizó la negativa a recibir tratamientos, sino también la posibilidad concreta de asistir médicamente la muerte.
«Es la primera vez que la Justicia toma cartas en el asunto y dice: voy a estudiar el tema», afirmó y agregó que la Corte bonaerense «instruyó una serie de cuidados paliativos» y al mismo tiempo ordenó investigar si era posible aplicar la eutanasia activa .
El abogado remarcó que la mujer atravesaba una enfermedad irreversible, estaba postrada y sufría un deterioro que afectaba su dignidad. «Hay que entender que María era una persona con una enfermedad incurable, irreversible, de estar muchos años postrada en una cama», dijo.
Allí, señaló, se centra el punto clave de la discusión: «Este tema no hay que tratarlo como vida o muerte, sino como una discusión entre dolor y dignidad humana».

El modelo uruguayo
La legislación uruguaya funciona como un espejo donde mirar cómo podría estructurarse una eventual regulación argentina. Buffone destacó que el país vecino estableció un sistema «muy garantista» que incluye múltiples instancias de control.
Según detalló, Uruguay exige: «La opinión de dos médicos independientes. La comprobación de que la enfermedad es irreversible e incurable. La capacidad psíquica plena del paciente. La manifestación escrita de voluntad. La actuación de una junta médica si existen contradicciones. Un registro de personas que solicitan la eutanasia, con posibilidad de revocar la decisión en cualquier momento».
«Hay una serie de garantías procesales que permiten resguardar en todo momento la dignidad humana», afirmó

Directivas anticipadas
Otro aspecto clave del debate es que la Argentina ya cuenta con un instrumento legal que permite tomar decisiones anticipadas: las directivas médicas anticipadas.
Sin embargo, su difusión es limitada. «En nuestro país rige la posibilidad de que uno, anticipadamente, decida rechazar tratamientos terapéuticos», explicó Buffone. Para ello, la persona debe concurrir ante un escribano o un juzgado, siempre que tenga plena capacidad y sea mayor de edad.
Este mecanismo no habilita la eutanasia activa, pero sí la decisión de no recibir terapias invasivas o de sostén artificial de la vida.
Consultado sobre si los equipos de salud tienen la formación y los protocolos necesarios para informar adecuadamente a los pacientes sobre sus derechos, Buffone consideró que existe preparación parcial. «Yo creo que en parte sí», respondió, aunque reconoció que todavía hay mucho por mejorar.
Recordó que toda intervención médica requiere un consentimiento informado, aunque admitió que en la práctica su aplicación muchas veces no ocurre en las condiciones ideales.

Pacientes extranjeros
Ante la eventual aprobación de una ley, surge otro interrogante: si personas de otros países podrían solicitar el procedimiento en territorio argentino.
Por otra parte, Buffone explicó que esto dependería del alcance territorial que establezca la norma, pero recordó que en otros países ya existen casos de personas que se trasladan entre jurisdicciones para acceder a este derecho. «Tiene que ver con los derechos que regulen a las personas que habiten ese territorio», relató.

El dilema detrás
del derecho
El abogado subrayó que el debate no debe reducirse a consignas morales ni a oposiciones absolutas. En muchos casos, la decisión atraviesa a pacientes, familias y equipos de salud que conviven con el dolor, el sufrimiento y los límites de la medicina. «¿Hasta qué punto el dolor sigue siendo vida y cuáles son los límites de la dignidad humana?», se preguntó Buffone. «Hay personas que dicen: no puedo estar más en esta situación, y elijo el derecho de decidir el final de mis días», relató.
Al mismo tiempo, recordó que ningún sistema obliga a nadie a someterse a un procedimiento contra su voluntad, ni tampoco a un médico a actuar contra su conciencia: «Los profesionales deberían tener todo el derecho de objetarlo».
Otro actor inevitable en estos debates es la Iglesia. Sin embargo, Buffone remarcó que, incluso en sociedades con alto componente religioso como la uruguaya, el consenso fue amplio: «Casi el 62% de la sociedad uruguaya está de acuerdo con la ley de eutanasia activa».

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